CODIGO DE CONDUCTA DE RIOCAL SAS
I. Lineamientos Anti-Corrupción y Soborno Trasnacional (C/ST)
Para garantizar la implementación efectiva del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE), RIO CAL SAS en adelante RIO CAL se adoptan los siguientes principios:
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Prohibición de Comprometer la Ética de funcionarios Públicos: En ningún caso se permitirá realizar actividades que puedan comprometer la integridad ética de funcionarios públicos, ya sean nacionales o extranjeros.
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Prohibición de Promover Prácticas de C/ST: Queda estrictamente prohibido promover o facilitar, de manera directa o indirecta, cualquier forma de corrupción o soborno contra funcionarios públicos.
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Respeto a la Legalidad en Interacciones: Todas las interacciones con funcionarios públicos, clientes y proveedores deben cumplir con las leyes del país de origen, de la empresa y del país extranjero.
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Selección Ética de Proveedores: Se prohíbe la contratación de proveedores que declaren tener influencia sobre funcionarios públicos o que estén implicados en actos de corrupción.
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Restricciones sobre Prácticas Comerciales Corruptas: No se justificará ninguna práctica que pueda ser considerada corrupta, incluso si se argumenta que es una "costumbre" en el sector de actividad.
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Limitación de Compensaciones y Comisiones Extraordinarias: La organización establece un principio de estricta limitación y transparencia en la asignación de compensaciones y comisiones que excedan las estructuras de remuneración ordinaria. Se asegura que todas las compensaciones adicionales otorgadas a los empleados sean justas, basadas en criterios objetivos y previamente aprobadas de acuerdo con las políticas corporativas.
II. Política sobre Regalos o Beneficios a Terceros
La entrega de regalos o beneficios se considera un riesgo potencial de corrupción, estableciéndose las siguientes restricciones:
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Prohibición de Regalos a Funcionarios Públicos: Está prohibido ofrecer regalos, beneficios, obsequios o cualquier tipo de cortesía a funcionarios públicos, independientemente de su valor.
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Restricciones sobre Ofrecimientos a Terceros: No se permite ofrecer sumas de dinero, objetos de valor o beneficios a terceros con el objetivo de influir indebidamente en decisiones comerciales o gubernamentales.
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Limitaciones en Obsequios No Monetarios: Los obsequios no monetarios solo podrán ofrecerse si no son habituales y socialmente aceptables, sin exceder las prácticas empresariales normales.
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Limitaciones de Aceptación de Regalos para Colaboradores: Se debe evitar la aceptación de regalos, atenciones, o beneficios que puedan comprometer la objetividad, influir en decisiones profesionales, o que representen un conflicto de interés.
III. Política sobre Remuneraciones y Pago de Comisiones
Las políticas de remuneración y comisiones buscan prevenir conflictos de interés y actos corruptos, estableciendo:
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Remuneración Acorde a Legislación y Acuerdos: La remuneración a colaboradores se regirá por la legislación laboral aplicable y los términos contractuales acordados.
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Prohibición de Pagos Indebidos: No se realizarán pagos o comisiones indebidas a colaboradores o en transacciones internacionales.
IV. Política sobre Gastos de Entretenimiento y Viáticos
Para evitar implicaciones de corrupción, se manejan con precaución los gastos relacionados con actividades de entretenimiento, alimentación, hospedaje y viaje:
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Restricciones sobre Gastos de Entretenimiento para Funcionarios Públicos: No se cubrirán estos gastos para funcionarios públicos en ninguna circunstancia.
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Gestión Presupuestaria de Gastos del Personal: Los gastos del personal deben ser presupuestados adecuadamente y alinearse con las políticas internas de la empresa.
V. Política sobre Contribuciones Políticas y Donaciones
Las contribuciones políticas y las donaciones deben realizarse de manera transparente y conforme a la normativa, para prevenir cualquier sospecha de intento de influencia indebida.
VI. Dudas e Inaplicabilidad
Ante cualquier duda o situación donde los parámetros establecidos no puedan aplicarse, se deberá consultar de inmediato con el Oficial de Cumplimiento para su concepto experto y resolución.
VII. Reporte de Violaciones
Las violaciones a esta política deben ser reportadas a la Oficial de Cumplimiento o a través de la Línea Ética, siendo sujetas a las sanciones definidas en el Reglamento Interno de Trabajo.
VIII. Alcance
Esta política es aplicable a todos los colaboradores, administradores, accionistas, directores, proveedores y stakeholders, promoviendo su adopción por parte de toda la compañía.
IX. Grupos de Interés y Responsables de Control
Los responsables de la implementación, monitoreo y actualización de esta política incluyen al Oficial de Cumplimiento, lideres de los procesos, entre otros actores clave dentro de la organización bajo el liderazgo del Máximo Órgano Social.
Para asegurar la máxima difusión y comprensión de Código de Conducta, y en el interés de mantener a todas las partes interesadas debidamente informadas, se procederá a su publicación en el sitio web oficial de la empresa. Esta medida refuerza la transparencia y permite un acceso sencillo y directo a la política, fomentando así un ambiente de cumplimiento informado y voluntario.
Este enfoque colectivo fortalece la capacidad de RIO CAL para identificar, evaluar y mitigar riesgos de manera efectiva y eficiente.
La presente política fue adoptada y ratificada por el Máximo Órganos Social de RIO CAL mediante el Acta No. 20, con fecha de 15 de diciembre de 2023.
Cualquier calridad será atendida por:
JUAN CARLOS ECHEVERRI GARCÉS
Oficial de Cumplimiento
RIO CAL SAS